martes, 27 de octubre de 2015

Administradores de consorcio, ¿error o estafa?


El Destape realizó un relevamiento de las denuncias más comunes contra los administradores de consorcio.

(21/03/2015)

Por Ana Paula Rodriguez
Son muchas las denuncias que los servicios de defensa al consumidor reciben. En ciudades como Rosario, Buenos Aires y Córdoba las causas contras los administradores de consorcio se ubican entre las primeras.
El administrador de edificios es el encargado de ordenar y pagar con los fondos del Consorcio las cuentas y facturas de gastos de carácter común que se originen a raíz del uso del edificio, así como los necesarios para mantener en buen estado de seguridad, comodidad y decoro de la propiedad. (Artículo 9 de la ley 13.512).
“A los administradores se les otorga un poder enorme, con un control de los copropietarios casi nulo, ya que no suelen asistir a las reuniones de consorcio ni son quienes deciden los presupuestos”, expresó Héctor Polino, representante legal de Consumidores Libres.
Carpetas llenas de denuncias exponen la diversidad de fraudes que algunos administradores de consorcio utilizaron para engañar a inquilinos y propietarios en el cobro mensual de las expensas.
Las denuncias más frecuentes manifiestan que el administrador decidió por su cuenta aumentarse los honorarios de un día para otro, apoyándose en lo dispuesto por las cámaras de administradores; sin embargo los valores estipulados por estos organismos son a modo de “sugerencia” y los honorarios no pueden aumentarse sin consentimiento de la asamblea.
Otras acusaciones indican que algunos administradores monotributistas discriminan y cobran el IVA en sus honorarios, lo que aduce en delito debido a que el pago del “monotributo” ya incluye un componente impositivo que es IVA y ganancias.
Asimismo, muchos inquilinos y propietarios señalan que los administradores del consorcio del edificio que habitan suelen elegir los presupuestos para las enmiendas de manera arbitraria. “Muchos administradores inflan los gastos. Y lo cierto es que es muy difícil el seguimiento y control de los mismos. Por un lado, porque muchas veces las expensas no están completamente justificadas y por el otro porque toman decisiones por su propia cuenta, como el sueldo del personal o los presupuestos. Definitivamente eso da lugar al abuso”, argumentó Polino.
A su vez, la ley de Propiedad Horizontal (ley 13.512) beneficia la independencia del administrador ya que no indica qué gasto en particular es extraordinario u ordinario, lo cual provoca que lo decida él usando su propio criterio. Los propietarios son los encargados de elegir a quien ocupará el cargo de administrador, tal vez por ello algunos administradores deciden beneficiarlos a la hora de tomar decisiones, como por ejemplo cuando se cobran los gastos extraordinarios a los inquilinos.

Link a la nota: http://www.eldestapeweb.com/administradores-consorcio-error-o-estafa-n3403

viernes, 23 de octubre de 2015

¿Quién indemniza a los usuarios que están sin luz?



Tribuna 
Héctor Polino
Nota: Diario Clarín  23/10/15

El ministro de Planificación Julio De Vido acusó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y a la empresa Telmex por los cortes de energía eléctrica ocurridos a partir del 13 de octubre en varios barrios de la Ciudad de Buenos Aires. Admitamos que el ministro tenga razón. ¿Quién indemniza a los usuarios por los daños y perjuicios ocasionados? ¿Quién obliga al Gobierno de la Ciudad, a la empresa contratista Telmex, y/o a la empresa subcontratista Ibercom-Multicom a pagar a los usuarios las indemnizaciones correspondientes? ¿Cada usuario tendría que hacer un juicio contra el Gobierno de la Ciudad, y a las empresas contratista y subcontratista? Un verdadero disparate. Si los usuarios reciben de la empresa eléctrica Edesur el servicio, en realidad es esta empresa la que está obligada a resarcir a los usuarios. Después, la empresa Edesur accionará contra quien ella considere culpable de haber ocasionado los daños en las redes de alta tensión de 132 kw. Con la posición del ministro de Planificación se estaría obligando a cada uno de los más de 100 mil usuarios damnificados a llevar a cabo una acción judicial y esperar años a que los juicios terminen y las sentencias queden firmes.
En este caso corresponde aplicar la figura del Daño Directo, establecida en el artículo 40bis, de la ley Nro. 24.240, de Defensa del Consumidor. En ese sentido el ENRE (Ente Nacional Regulador de la Electricidad) tendría que sacar una resolución como lo hizo en oportunidades anteriores, estableciendo un monto fijo en relación a la cantidad de horas que los usuarios estuvieron sin energía eléctrica. Si el monto fijado por el ENRE fuese significativamente inferior a los daños y perjuicios efectivamente sufridos por algunos de los usuarios, estos tendrían derecho a reclamar por la diferencia primero ante la empresa Edesur; si esta no respondiera, o lo hiciera de manera insatisfactoria, habría que repetir el reclamo ante el ENRE, y si este no hiciera lugar, los perjudicados podrían reclamar ante la justicia.
De lo contrario, si se siguiera el camino anunciado por el ministro de Planificación, se terminaría beneficiando a las empresas Edesur, Telmex, Ibercom-Multicom, al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y perjudicando a los usuarios. 

Héctor Polino
Fundador y Representante Legal de Consumidores Libres

Link a la nota: http://www.clarin.com/opinion/Edesur-Julio_de_Vido-Gobierno_de_la_Ciudad_0_1454254614.html

domingo, 18 de octubre de 2015

CORTES DE LUZ Y A QUIÉN DEBEMOS RECLAMAR

HÉCTOR POLINO, fundador y representante legal de CONSUMIDORES LIBRES habla sobre los CORTES DE ENERGÍA ELÉCTRICA con la periodista MARIA O`DONELL en el programa 50 MINUTOS.

La responsabilidad primaria y directa con los usuarios es de la empresa proveedora de la energía eléctrica.







viernes, 16 de octubre de 2015

EL DR. HÉCTOR POLINO INFORMO QUE EN LA 1° QUINCENA DEL MES DE OCTUBRE EL SEGUIMIENTO DE PRECIOS DE UNA CANASTA SELECCIONADA DE 38 PRODUCTOS, ARROJO UN AUMENTO DEL 3.61%. DESDE EL 1º DE ENERO LA SUMA ACUMULADA ES DEL 25.19%


El representante legal de Consumidores Libres Dr. Héctor Polino, informó hoy que según un relevamiento efectuado por la entidad en supermercados y negocios minoristas de la ciudad de Buenos Aires, el precio de los 38 productos de la llamada “canasta básica de alimentos” tuvo un aumento del  1.16 por ciento durante la 1° quincena del mes de OCTUBRE de 2015.  Desde el 1° de enero la suma acumulada es del  18.08 %
      El seguimiento efectuado, se llevó a cabo en los supermercados COTO y PLAZA VEA y en centros de abastecimiento de los barrios de La Boca, Caballito, Liniers y Pompeya.
       
NOTA
       Los 19 artículos que figuran marcados en color forman parte del listado de los 506 artículos de “precios cuidados”

             PRODUCTOS QUE SUBIERON   (29)

               PRODUCTO                                     % AUMENTO

       
TOMATE PERITA POR Kg
       14,52
DETERG.ALA 1250ml vajilla
         3,85
NARANJA POR Kg
         3,54
AZUCAR LEDESMA POR Kg.
         3,33
POLLO 1 Kg.
         2,92
PAPA NEGRA POR Kg
         2,91
SALCHICHAS PATYVIENA 6 UNID.
         2,76
FALDA 1 Kg.
         2,62
BOLA DE LOMO 1 Kg.
         2,50
ACEITE COCINERO 1,5 L
         2,47
ASADO 1Kg.
         2,23
ZAPALLO ANCO POR KG.
         2,22
PICADA COMUN 1 Kg.
         1,97
BANANA POR Kg.
         1,83
TE TARAGUI -50 SAQUITOS
         1,78
PALETA O ROAST BEEF 1 Kg.
         1,63
HUEVOS COLOR 12 UNID.
         1,60
PAN COMUN POR Kg.
         1,42
CAFÉ LA MORENITA 1/4 Kg.
         1,42
MANZANA POR Kg
         1,33
MERM.L/CAMPAGN.454 grs.
         1,23
CARNAZA 1 Kg.
         1,21
POLENTA MAGICA 3/4 Kg.
         0,88
MERLUZA FRESCA 1 Kg.
         0,48
SAL FINA CELUSAL 500 Grs.
         0,48
ARROZ FINO ALA Kg.
         0,47
JABON LUX TOC.125 grs.
         0,17
YERBA MATE TARAGUI  Kg.
         0,17
MANTECA SANCOR 200 Grs.
         0,16



            PRODUCTOS QUE BAJARON  (2)
            

            PRODUCTO                                      %    BAJA

CEBOLLA POR Kg
      -12,12
ACELGA POR Kg.
        -3,28

        


          PRODUCTOS QUE NO REGISTRARON VARIACIÓN  (7)
           
QUESO P/SALUT Kg.SANCOR
LECHE SERENIS.POTE LIT.
HARINA L.FAVOR.0000- Kg.
AGUA S/GAS VILLAV.1,5 L
FIDEOS MATARAZZO1/2kg
TAPA EMP.LA SALTEÑA 12 U
JABON POLVO ACE 800 Grs.

 

VARIACIONES ACUMULADAS DESDE  EL 1º ENERO AL 15 DE OCTUBRE DE  2015

    
             PRODUCTO                                              % ACUMULADO

CEBOLLA POR KG
205,26
TOMATE PERITA POR KG
31,48
FALDA 1 K
24,07
JABON LUX TOC.125 grs.
23,56
ASADO 1K
23,39
MERLUZA FRESCA 1 K
22,84
ACEITE COCINERO 1,5 L
22,09
CAFÉ LA MORENITA 1/4 KG.
21,53
PICADA COMUN 1 K
21,40
AGUA S/GAS VILLAV.1,5 L
20,84
MERM.L/CAMPAGN.454 grs.
20,44
CARNAZA 1 K
19,22
TE TARAGUI -50 SAQUITOS
18,25
NARANJA POR KG
18,18
QUESO P/SALUT KG.SANCOR
16,44
MANTECA SANCOR 200 GRS.
16,33
PALETA O ROAST BEEF 1 K
16,21
AZUCAR LEDESMA POR KG
16,10
TAPA EMP.LA SALTEÑA 12 U
16,07
YERBA MATE TARAGUI  KG
15,46
BOLA DE LOMO 1 K
15,39
SAL FINA CELUSAL 500G.
14,87
POLENTA MAGICA 3/4 K
14,33
DETERG.ALA 1250ml vajilla
14,20
LECHE SERENIS.POTE LIT.
13,09
POLLO 1 K
11,90
SALC.PATYVIENA 6 UNID.
10,12
ZAPALLO ANCO POR KG.
9,29
HUEVOS COLOR 12 UNID.
9,20
PAPA NEGRA POR KG
9,14
FIDEOS MATARAZZO1/2kg
8,78
ARROZ FINO CONDOR KG.
8,35
PAN COMUN POR KG.
5,83
JABON POLVO ACE 800 GR
4,94
BANANA POR KG.
4,82
ACELGA POR KG.
3,33
MANZANA POR KG
1,89
HARINA L.FAVOR.0000- KG.
-1,70
TOTAL
18,08


                                   
PRENSA
18 de diciembre de 2015
                                                   
                            
Dr: Héctor Polino
twiter:@hectorpolino
Facebook:  /hector.polino                                                                         

miércoles, 14 de octubre de 2015

DERECHOS DE LOS USUARIOS ANTE LOS CORTES DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Consumidores Avatar
CONSUMIDORES LIBRES
Entidad de Defensa de Usuarios y Consumidores

                                                             


El fundador y representante legal de Consumidores Libres, Héctor Polino, señaló hoy, que  “ante los cortes de energía eléctrica que sufren los usuarios de los barrios de Recoleta, Barrio Norte, y  Belgrano de la Ciudad de Buenos Aires, estos tienen derecho a reclamar a la empresa Edesur, una indemnización por los daños y perjuicios que les ocasionaron.
Esa responsabilidad de EDESUR con los usuarios, es independiente de la culpabilidad  de la empresa que afectó  las líneas de alta tensión. En todo caso Edesur podrá accionar luego contra las empresas Ibercom Multicom, Telmex, o la empresa que resulte responsable,  e incluso el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Pero la responsabilidad primaria y  directa con los usuarios es de la empresa proveedora de la energía eléctrica, señaló Polino.
Por ello es importante que los usuarios traten de reunir la mayor cantidad de elementos de prueba posibles  que acrediten el monto de los daños y perjuicios sufridos. Ello independientemente, de la indemnización a la que tienen derecho también los usuarios por el daño directoo casionado, que surge de la aplicación del artículo 40 bis de la ley Defensa del Consumidor, que tendrá que fijar en su momento el ente regulador ENRE, concluyó el representante de Consumidores Libres.

sábado, 10 de octubre de 2015

LA LEY DE MEDICAMENTOS GENÉRICOS

HÈCTOR POLINO, FUNDADOR Y REPRESENTANTE LEGAL DE CONSUMIDORES LIBRES habla sobre EL TEMA DE LOS MEDICAMENTOS Y LA LEY DE MEDICAMENTOS GENÉRICOS.


PERIODISTA FERNANDO MAURI / PROGRAMA ABORDAJES/ CONSTRUCCIÓN PLURAL






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